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COMUNICACIÓN DE INTERÉS NOVEDADES EN RELACIÓN CON LA ENTRADA A LA NAVE DE PESCADOS DE MERCAMADRID, IMPUESTO DE CIRCULACIÓN, REGISTRO MERCANTIL, Y OTROS EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN PRODUCIDA POR EL COVID-19

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Pasamos a informar de diversos temas  de interés sobre diversos asuntos en relación con la situación que está provocando el virus COVID-19.

  • RECOMENDACIÓN DE HORARIO DE ENTRADA A LA NAVE DE PESCADOS DE MERCAMADRID

Desde la Asociación de Mayoristas de Pescados de Madrid (AEMPM), y dada la crisis actual provocada por el COVID-19, quieren tomar medidas proporcionales para proteger la salud de los operadores de la Nave de Pescados, y garantizar el suministro de pescado.

Es por ello que, desde el próximo jueves 26 de marzo y mientras dure esta situación, el horario RECOMENDADO de la Nave de Pescados será de 04:00 y 07:00 horas de la mañana.

Esta medida va encaminada a reducir al máximo los riesgos de contagio, sin dejar a ningún detallista sin comprar, ni a ningún mayorista sin vender.

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  • REGISTRO MERCANTIL (SÓLO PARA SOCIEDADES)

Desde el Departamento de comunicación del Registro Mercantil de Madrid nos informan que no solo se retrasa el plazo de presentación la Cuentas Anuales. También se retrasa el de la presentación de libros: se aplaza cuatro meses desde la fecha de la finalización del estado de alarma.

En cuanto al plazo de presentación del Impuesto de Sociedades, Hacienda no se ha pronunciado, pero esperamos lo hagan puesto que, como ya informamos, el plazo de formulación de cuentas se ha aplazado 3 meses desde la fecha de finalización de la alarma. Os informaremos puntualmente.

  • RETRASO EN EL PLAZO DE PAGO DE IMPUESTOS RELACIONADOS CON VEHÍCULOS

Con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, el período voluntario de pago de los tributos municipales que a continuación se indican comenzará el 1 de mayo y finalizará el 30 de junio de 2020:

– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. (Impuesto de Circulación)

– Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por pasos de vehículos. (Tasa de Vados)

  • INFOGRAFÍA PARA LA CORRECTA DESINFECCIÓN DEL TPV

Adjuntamos una infografía con instrucciones para limpiar y desinfectar adecuadamente el Terminal de Pago con Tarjeta (TPV).
Para acceder al enlace de la imagen, haz click aquí.

Infografia COVID-19 (2)

COMUNICACIÓN DE LA MEDIDAS EN MATERIA LABORAL ADOPTADAS POR EL REAL DECRETO LEY 8/2020 DE 17 DE MARZO DE MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS PARA HACER FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-19

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Consecuencia de la publicación en el BOE el día 18 de marzo del RD 8/2020, informamos de las medidas a adoptar con respecto a la actividad y a los trabajadores.

  • EN EL CASO DE LOS EMPLEADOS,
  1. FUERZA MAYOR: se podrán suspender contratos (ERTE) y realizar reducciones de jornada siempre y cuando la adopción de estas medidas se deba a fuerza mayor.

Es causa de fuerza mayor cuando se trata de pérdidas directas de actividad como consecuencia del COVID-19, que hayan implicado suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditados.

Si se da el caso, la empresa podrá solicitarlo sin necesidad de acudir a los representantes legales de los trabajadores y en el plazo de 5 días la autoridad laboral se lo concedería. El empresario no tendría que pagar ni el salario de los trabajadores suspendidos ni las cargas sociales (en los casos de más de 50 empleados no sería el 100% sino el 75%), hasta el momento que volviera a darlos de alta.

La Ley parece que pretende asimilar a causa de fuerza mayor solo a los negocios a los que se les obligó a cerrar o a los que han sufrido contagio en sus plantillas. En nuestro caso y para aquellas empresas cuya facturación proviene mayoritariamente de la hostelería, sí pretendemos asimilarlos a causa de fuerza mayor, porque si bien a estas empresas no se les obligó a cerrar, si se obligó a cerrar a sus clientes. Por tanto, cabría la posibilidad de que nos lo discutieran.

  1. Si no se dan las circunstancias comentadas anteriormente de causa de fuerza mayor, se podrá acudir al ERTE y a la reducción de jornada alegando causas económicas, técnicas, organizativas y de producción relacionadas con el COVID-19, pero en este caso habría que pasar el trámite de los representantes de los trabajadores y además el empresario sí tendrá que pagar las cargas sociales.
  • PARA EL CASO DEL EMPRESARIO, si ha habido un cese de la actividad por alguno de los dos siguientes motivos:
  1. Por ser la actividad una de las que obligaron a cerrar en el RD 463/202 de 14 de marzo, o bien,
  2. Porque se puede demostrar que la facturación ha disminuido en al menos un 75% con respecto al semestre anterior

Se tendrá derecho al cobro de una prestación extraordinaria por cese de actividad (del 70% de la base reguladora) durante un mes, prorrogable en caso de que se prorrogara el estado de alarma.  

Para el segundo supuesto se solicitará en el mes de abril pues hay que esperar a tener la comparativa de la facturación del mes de marzo con el semestre anterior. 

En todo caso, no cabe exención de la cuota de autónomos del empresario.

Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.

Os recordamos que las bajas las tramita el médico de cabecera por teléfono.

  • Si se da positivo confirmado la baja será por el coronavirus. Se tiene que solicitar vía telefónica en el Centro de Salud.
  • Si tenemos Contacto con una persona positiva confirmada hay que solicitar baja por aislamiento vía telefónica en el Centro de Salud.
  • Contacto indirecto (ejemplo: la pareja de un empleado ha dado positivo). Recordamos que por norma general una persona puede contagiar el virus a partir del desarrollo de sintomatología. En principio los compañeros afectados no podrían obtener la baja si no presentan sintomatología. En el momento en el que la presenten, se auto aislarán e informarán vía telefónica a su centro de salud. Sin embargo, siendo este punto el más incierto, recomendamos llamar a los centros médicos, aunque no se presenten síntomas, en cuanto se presente esta incidencia para dejar a su discreción el asunto de la baja en caso de contacto indirecto.

Seguiremos informando de cualquier novedad que se produzca al respecto.

RECOMENDACIONES SANITARIAS EN ESTABLECIMIENTOS MINORISTAS Y EN AISLAMIENTO DOMICILIARIO EN RELACIÓN CON EL COVID-19

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En relación con recomendaciones sanitarias relacionadas con el COVID-19, aquí os dejamos tres documentos.

El primero de ellos editado por Madrid Salud en relación con las recomendaciones a llevar a cabo en establecimientos minoristas de alimentación.

Para acceder a este documento haga click aquí.

El segundo editado por el Ministerio de Sanidad en relación sobre cómo proceder en caso de que tengamos que estar en aislamiento domiciliario bien porque hayamos dado positivo al COVID-19, o bien porque tengamos que convivir con una persona que ha dado positivo.

Para acceder a este documento haga click aquí.

El tercero de ellos es una Guía de buenas Prácticas para los Establecimientos del Sector Comercial, editada por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria Comercio y Turismo  en relación con las medidas preventivas a aplicar en los establecimientos para evitar la propagación del COVID-19.

Para acceder a este documento haga click aquí. 

COMUNICADO IMPORTANTE. MENSAJE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE ADEPESCA EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN CAUSADA POR EL COVID-19. Acreditaciones y comunicaciones por Whastapp

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Estimados Asociados,

Ante todos los cambios y novedades que se están produciendo en relación con la situación generada por el Coronavirus (COVID-19), aquí os dejamos este mensaje de la Junta Directiva de ADEPESCA,  reunida de urgencia en la tarde ayer en relación con esta situación.

Asimismo recordamos que dada la situación, para acceder a Mercamadrid se exige la acreditación de comprador e informamos que no se está dejando acceder sin esta acreditación. Desde la Asociación las estamos gestionando a la mayor celeridad posible.

La Asociación está enviado toda la información actualizada por correo electrónico y por WhatsApp. Para poder recibir la información por WhatsApp es imprescindible que grabes el teléfono de ADEPESCA 647657978 EN LA LIBRETA DE DIRECCIONES.

Si no, la lista de difusión no os incluye. ESTE TELÉFONO SE UTILIZA EXCLUSIVAMENTE PARA LAS COMUNICACIOES POR WHASTAPP. NO SE ATIENDEN LLAMADAS.

En caso de que desees utilizar este servicio debes de facilitarnos el teléfono móvil identificándote, para que podamos actualizar nuestra lista de contactos de asociados. Este paso no es necesario ya estás comunicando con nosotros por WhatsApp.

Seguiremos informando de todas las novedades que se vayan produciendo en relación con esta situación. Esperamos el anuncio de importantes medidas económicas que se publicarán mañana en el BOE y de las que os enviaremos la información de interés para vuestros negocios. Ánimo y suerte!

NOVEDADES PRODUCIDAS EN DIVERSOS ÁMBITOS DE LA ACTIVIDAD EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN RELACIONADA CON EL COVID-19

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Debido a las novedades constantes que se producen en diversos ámbitos de la actividad relacionados con la venta al por menor de productos pesqueros y acuícolas, causadas por la epidemia del COVID-19, los diferentes Departamentos de ADEPESCA informan de lo siguiente:

Departamento Fiscal

TRIBUTOS
Lunes 16/03/2020 13:41

  • Posibilidad de aplazar 6 meses los pagos fiscales del primer trimestre (los 3 primeros meses sin intereses)
  • Los plazos en vía administrativa y judicial se entienden suspendidos hasta que se de por finalizado el estado de alarma (de momento hasta el 29 de marzo)
  • Pequeñas reducciones en el pago del IAE y del IBI (no aplica a viviendas) sujetas a condiciones de mantenimiento de empleo
  • Se espera que el Consejo de Ministros del martes 17/03/2020 traiga novedades fiscales.

 

Departamento Laboral

Se adjunta un documento con las principales novedades en relación con el ámbito laboral y la situación relacionada con el COVID-19.

Para acceder a este documento haga click aquí

Departamento de Seguridad Alimentaria

Se adjunta un documento con las preguntas más habituales en relación con la Seguridad Alimentaria y el Coronavirus, con sus correspondientes respuestas.

Para adjuntar a este documento haga click aquí.

Además adjuntamos un modelo de cartel que contiene recomendaciones para los clientes que acudan a la pescadería. Para acceder a dicho modelo, haga click aquí.

Departamento de Prevención de Riesgos Laborales

Se adjunta un cartel informativo relacionado con las medidas a adoptar en materia de Prevención de Riesgos Laborales en los establecimientos minoristas de cara a prevenir posibles contagios por COVID-19.

Para acceder a este modelo de cartel haga click aquí.

Abastecimiento en Mercamadrid

En relación con este asunto, os dejamos un enlace a la información facilitada por Mercamadrid. Para acceder a esta información, haga click aquí.

Otra información de interés:

  • Se suspende la Zona SER en todo Madrid
  • Para garantizar el derecho a la circulación a aquellos trabajadores que deban acudir a su puesto de trabajo, adjuntamos un modelo de certificado. Para acceder al modelo, haz click aquí. 

 

NUEVO CARTEL CON RECOMENDACIONES PARA LOS CONSUMIDORES EN ESTABLECIMIENTOS

Dada la situación que estamos viviendo en relación con la pandemia ocasionada por el COVID-19, desde ADEPESCA se ha editado un cartel con una serie de recomendaciones destinadas a los clientes con la finalidad de minimizar el riesgo de contagio en los establecimientos minoristas de pescado.

Recordamos que los establecimientos minoristas de alimentación y en concreto las pescaderías tradicionales pueden seguir con su actividad dado su carácter fundamental como establecimientos de primera necesidad ya que abastecen a la población de un producto imprescindible como es el pescado y el marisco.

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Para descargar el cartel en pdf haga click aquí

*Comunicación y cartel cofinanciados por la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid.

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NUEVAS MEDIDAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN RELACIÓN CON EL COMERCIO Y LA SITUACIÓN POR COVID-19

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Ante la situación que estamos viviendo en relación con la epidemia de COVID-19, esta misma mañana han entrado en vigor una serie de medidas establecidas por la Comunidad de Madrid en relación con el comercio y con otros asuntos de interés como los plazos para presentar documentación oficial.

En el ámbito del comercio, permanecerán cerrados todos los comercios a excepción de:

  • Comercio de alimentación tanto Comercio Minorista como supermercados e hipermercados
  • Gasolineras
  • Quioscos
  • Estancos
  • Tiendas de papelería
  • Farmacias
  • Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y telecomunicaciones.

En relación con los plazos para la presentación de documentos, se declaran días inhábiles los comprendidos entre el día 13 de Marzo y el 26 de Marzo.

Seguiremos informando de cualquier novedad que se produzca en este ámbito.

ATA considera las medidas económicas muy alejadas del S.O.S. que los autónomos lanzan al Gobierno

  • Lorenzo Amor: “Lamentamos mucho que el Gobierno en su paquete de medidas vuelva a olvidar a los autónomos”. 
  • El Gobierno debe garantizar también que a ningún autónomo que tenga que cerrar su negocio o actividad por esta situación se le niegue la prestación por cese de actividad

La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA, considera que las medidas anunciadas por el Gobierno en materia sanitaria son acertadas. En cambio, las medidas que se van a impulsar en materia económica son claramente escasas, muy alejadas del S.O.S que los autónomos lanzan al Gobierno ante la situación crítica que están viviendo.

Desde ATA pedimos al Gobierno que todos los autónomos tengan garantizada la prestación por cese de actividad, de la que el Gobierno no ha dicho nada. “A ver si es verdad que cuando un autónomo se vea obligado a cesar en su actividad por un motivo como este de fuerza mayor, no se le pone ninguna pega y se la reconoce y paga de forma inmediata”, apunta Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos, ATA. Hay que recordar que la prestación por cese de actividad es un derecho de los autónomos, por el que están cotizando pero que no funciona como debiera: al 60% de los que la solicitan se les deniega por lo farragosa que es. A ningún trabajador asalariado que quede en desempleo por esta situación extraordinaria se le va a negar la prestación. El Gobierno debe garantizar también que a ningún autónomo que quede en paro temporalmente o tenga que cerrar su negocio o actividad por esto se le niegue la prestación por la que cotiza.

Desde ATA pedimos que todos los autónomos y autónomas que atendiendo a las recomendaciones de las autoridades sanitarias y de la administración no puedan disponer de sustituto y se vean en la necesidad de cuidar de sus hijos y/o dependientes, se les permita una exención de la cuota que tienen que abonar a la Seguridad Social.

“De esto el Gobierno no ha dicho nada. Lamentamos mucho que el Gobierno en su paquete de medidas vuelva a olvidar a los autónomos. De los aplazamientos de impuestos que habla el Gobierno hoy decir que los autónomos ya tienen la posibilidad de solicitar esos aplazamientos sin aval de sus impuestos desde la pasada crisis y de forma automática cuando se presentan los modelos telemáticamente. Espero que el Gobierno tome nota y ponga en marcha cuanto antes medidas para los autónomos”, señala Lorenzo Amor.

COMUNICADO DE COCEM

Desde la Asociación de Empresarios Detallistas de Pescados y Productos Congelados de la Comunidad de Madrid (ADEPESCA), les trasladamos el comunicado emitido por la Confederación Del Comercio Especializado de la Comunidad de Madrid (COCEM), en relación con la situación de abastecimiento del comercio madrileño, que en estos momentos no presenta ninguna incidencia,  ante las circunstancias especiales causadas por la propagación del Coronavirus (COVID-19).

Ante los últimos acontecimientos derivados de la evolución del virus COVID-19 en nuestra Comunidad Autónoma, desde COCEM queremos enviar un mensaje de TRANQUILIDAD, tanto a nuestros asociados como a la ciudadanía en general,  siendo conscientes de que la situación y la probable evolución de la misma es seria.

Es muy importante trasladar a nuestros clientes, que en estos momentos no hay ningún problema de abastecimiento en nuestros establecimientos.

Nuestro modelo de comercio especializado y de proximidad está perfectamente preparado para atender las necesidades de nuestros clientes, manteniendo, como hacemos todos los días, el mismo alto nivel de profesionalidad, garantía y seguridad.

COCEM cómo organización que representa al comercio madrileño está trasladando y reclamando a nuestras  autoridades que se garantice la plena actividad que desarrollamos, y que junto a todas aquellas medidas que se están tomando o se tengan que tomar para garantizar la salud pública, estén acompañadas de medidas en materia fiscal, laboral, de liquidez, etc  que ayuden a nuestras empresas a poder seguir ejerciendo nuestra actividad en tan difíciles momentos, y que las ayuden a satisfacer sus necesidades más inminentes.

De hecho, ya hemos tenido oportunidad de trasladar a la Comunidad y al Ayuntamiento de Madrid nuestra insistencia en la prioridad de que se tomen medidas en esta línea, las cuales sabemos que han sido trasladadas al Gobierno de la  Nación.

Por último, COCEM y sus asociaciones integradas, como no podía ser de otra manera, se ponen a la plena disposición de las autoridades, para ayudar a poner en marcha todas aquellas medidas, que por muy duras que sean, garanticen el bien supremo cómo es la salud de los ciudadanos.

 

Madrid, 12 de marzo de 2020