Las actuaciones efectuadas en marzo de este año por Mercamadrid para el mejor funcionamiento en el Mercado Central de pescados tanto en su interior como en muelles y zonas limítrofes por medio del Área de Mercados y Movilidad y el Área de seguridad han sido las siguientes:
1 Acta a empresarios mayoristas: 1 Acta por comportamiento indebido.
139 personas identificadas en el interior del Mercado Central de Frutas y Hortalizas, de las que 132 no justificaban su presencia, y 9.482 personas identificadas en el acceso a la Unidad Alimentaria y viales de los Mercados (exterior), de las que 132 no justificaban su presencia. Todas aquellas personas que carecían de acreditación y no justificaban su presencia en la Unidad Alimentaria fueron invitadas a abandonar el recinto, haciéndolo voluntariamente. Así mismo, se ha realizado el control de 1.448 vehículos en la Unidad Alimentaria.
Ninguna Acta a empresarios detallistas
Les comunicamos esto para que tengáis en cuenta que de estas actas levantadas por Mercamadrid S.A. podrían derivarse responsabilidades a determinar por parte de las Autoridades competentes en los distintos ámbitos materiales.
La Federación Nacional que representa a las pescaderías tradicionales españolas (FEDEPESCA), a la cual pertenece ADEPESCA, ha trasladado su malestar a través de una carta tanto al Director de Radio Televisión Española (RTVE), Enric Hernández como a la Ministra de Industria, Turismo y Comercio, Reyes Maroto y al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación Luis Planas por la falta de mención, especialmente en medios públicos, del comercio tradicional de alimentación que sigue plenamente operativo en esta crisis causada por el COVID-19.
De forma reiterada, desde los medios de comunicación se menciona de forma constante a las grandes superficies, olvidando que el comercio tradicional de alimentación sigue al pie del cañón, con el único objetivo de abastecer a los españoles con la profesionalidad que les caracteriza en estos momentos tan difíciles. Estos profesionales, más de 250.000 ponen en riesgo su salud para seguir siendo uno de los sectores encargados de proveer a los ciudadanos de productos alimentarios.
Dada la situación, el Presidente de FEDEPESCA, ha lamentado a través de esta carta la poca presencia por parte del sector del comercio tradicional de alimentación en medios de comunicación y muy especialmente en aquellos que son públicos.
Con este escrito, desde FEDEPESCA se pretende que se corrija esta falta de rigor por parte de los medios de comunicación y se mencionen todos los establecimientos alimentarios que permanecen abiertos durante los días de confinamiento y que comprenden tanto a las grandes superficies como al comercio tradicional.
Debido a la premura con la que se publicó por parte del Gobierno el Real Decreto por el que se restringía la actividad laboral únicamente a las actividades esenciales y se imponía el permiso retribuido recuperable, ayer publicó una orden con algunas aclaraciones:
Establece que la actividad sindical así como la de las asociaciones empresariales debe seguir funcionando normalmente. Por tanto ADEPESCA no se ha visto afectada y podemos seguir dándoos todo el servicio como hasta ahora sin problemas, respetando las medidas obligatorias de precaución.
Aclara, por si quedaba alguna duda, que el permiso retribuido recuperable no aplica para los autónomos.
Aclara asimismo que los trabajadores por cuenta propia, autónomos, que no se dediquen a las actividades suspendidas por el real Decreto 463/2020 del 14 de Marzo, por el que se declara el estado de alarma, no están sujetos a restricciones de movilidad.
Por último facilitan un modelo de declaración responsable para las personas trabajadoras que deben seguir yendo a trabajar, como pueden ser vuestros empleados. Deben llevarlo encima cumplimentado y firmado por vosotros y mostrárselo a los agentes en caso de que les paren.
Aprovechamos para recordar que, en caso de confirmarse casos positivos de contagio entre los trabajadores de la empresa, el resto de trabajadores que hayan tenido un contacto estrecho deberá comunicárselo a su centro de salud para realizar cuarentena domiciliaria durante 14 días
(En el medio laboral se consideran contactos estrechos aquellas personas que hayan estado en el mismo lugar que un caso mientras el caso presentaba síntomas a una distancia menor de 2 metros durante un tiempo de al menos 15 minutos)
Se han adoptado nuevas medidas de limitación a la movilidad de las personas:
Los trabajadores por cuenta ajena cuya actividad no sea de las que ya se prohibieron según el RD del 14 de marzo, tendrán prohibido desplazarse a sus lugares de trabajo. Existen excepciones que más adelante detallamos, pero en realidad va a afectar básicamente a la industria y especialmente a la construcción.
Las personas afectadas por la presente norma deberán dejar de ir a trabajar, pero su empresa deberá pagarles normalmente.
Esto será de aplicación entre el 30 de marzo y el 9 de abril, ambos inclusive. Las horas que no va a trabajar durante estos 8 días laborables, se recuperarán (con condiciones) entre el día siguiente al de la finalización del estado de alarma y el 31 de diciembre de 2020.
En aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad,podrán prestar servicios hoy día lunes 30 de marzo de 2020.
Excepciones:
Los afectados por un ERTE, los que estén de baja y los que estén tele trabajando.
Además la ley incluye un listado de 25 tipos de personas trabajadoras por cuenta ajena que también están exceptuados de cumplir lo establecido en el Real Decreto. Entre ellos destacamos:
Los que realicen actividades que se permitieron mantener abiertas expresamente como pudieron ser los comercios minoristas de pescado, las farmacias o el comercio por internet.
Los que trabajan en la cadena de abastecimiento del mercado, como pueden ser los mayoristas de pescado.
Los que prestan servicios en las actividades de hostelería de entrega a domicilio.
Personas que atienden a mayores, menores o personas dependientes entre otras. También las que prestan servicios de limpieza, de mantenimiento o de recogida de residuos.
Veterinarios, kioscos, medios de comunicación, bancos, gestorías y transportes.
Los despachos y asesorías legales y gestorías administrativas, por lo que la labor de nuestra asociación también está incluida entre las actividades esenciales.
Desde la Federación Nacional que representa a las pescaderías tradicionales españolas (FEDEPESCA) y en colaboración con la Marca Comepescado se ha publicado un nuevo vídeo para animar a la población a quedarse en casa durante el confinamiento provocado por el COVID-19. Además en este vídeo podemos ver cómo los pescaderos y pescaderas de todo el país trabajan sin descanso para llenar sus mostradores y abastecer a la población de producto pesquero en cualquier rincón de España durante esta difícil situación que estamos viviendo.
Bajo el lema “Estamos por ti”, el colectivo de las pescaderías tradicionales españolas recuerdan a los consumidores que trabajan y trabajarán a pleno rendimiento durante esta crisis provocada por el Coronavirus, ya que sus establecimientos siguen abiertos.
Este vídeo, que pretende mostrar el trabajo diario de las pescaderías tradicionales en estos días de tanta incertidumbre y dificultad, también va orientado a ganar visibilidad entre los consumidores ya que desde los medios de comunicación se menciona de forma muy habitual a las grandes superficies, dejando de lado al comercio tradicional que cumple una función prioritaria de abastecimiento a la población en estos momentos críticos.
Este colectivo, formado principalmente por pequeñas empresas y que cuenta de media con uno o dos empleados/as por tienda, ya está empezando a acusar las consecuencias de la crisis económica derivada de la crisis sanitaria por el Coronavirus. La pérdida de la venta de estas pequeñas empresas a los bares y restaurantes, que aun sin suponer una parte mayoritaria de sus ventas, afecta enormemente a estas empresas de pequeño tamaño, con reducida capacidad de respuesta económica. También las restricciones de movilidad o la aparición de positivos a Coronavirus entre sus plantillas que les obliga a cerrar. La bajada de precios y la entada de menos productos en sus centros de abastecimiento son dificultades añadidas.
Aún con todo, las pescaderías tradicionales españolas están decididas a seguir trabajando para ofrecer los mejores productos pesqueros a los ciudadanos y con este vídeo les animan a “quedarse en casa”, ocupándose este colectivo del abastecimiento de un producto que es esencial en la dieta como el pescado. Algunas medidas adoptadas por estos establecimientos han sido la de intensificar el reparto a domicilio e incluso, en muchos casos, ofrecer este servicio de manera gratuita a sus clientes, con el coste que ello supone o bien fomentar los pedidos por Whastapp o email para evitar aglomeraciones en sus establecimientos.
Las pescaderías tradicionales con este vídeo ponen de manifiesto el enorme esfuerzo que están realizando durante estos días y su importante labor, recordándole a la población que las pescaderías tradicionales están por el consumidor. Este sector es un sector conformado por profesionales acostumbrados al sacrificio, con largas jornadas de trabajo, con abastecimiento nocturno, en condiciones de frío y humedad, profesionales rocosos que sí, están por ti, también ante el COVID-19. No los olvides!
FEDEPESCA,fundada en 1978, representa actualmente a más de 7.000 establecimientos detallistas de venta de productos pesqueros y acuícolas frescos y congelados que emplean a más de 23.000 personas. Su objetivo primordial es la defensa de los intereses del sector y la mejora de sus condiciones, así como el fomento de la adaptación a las nuevas obligaciones legislativas y la orientación de sus empresas hacia la excelencia empresarial, con la intención prioritaria de ayudarlas a conseguir entre otros, un objetivo claro para todo empresario de alimentación: la seguridad alimentaria.
Durante sus más de 40 años de historia FEDEPESCA ha desarrollado numerosas actuaciones, como la edición de la Guía de Prácticas Correctas de Higiene en Establecimientos Detallistas de Productos de la Pesca y de la Acuicultura validada por la AESAN, la Guía para la Aplicación de un Sistema de Trazabilidad en Pescaderías, la coordinación para la elaboración de la Norma UNE de Calidad de Servicio para Pescaderías, la elaboración de Cuadernos para el Autocontrol en Pescaderías y el desarrollo de un programa informático para la implantación del APPCC. También ha editado una Guía de Consumo Responsable y Recetario Sostenible, la Guía para la Aplicación del Sistema de Trazabilidad en establecimientos detallistas de productos de la pesca y de la acuicultura, la Guía de Buenas Prácticas Ambientales en Pescadería y un Estudio sobre Condiciones Laborales de las Mujeres de la Comercialización Pesquera. Desde FEDEPESCA se han llevado a cabo proyectos relacionados con la sostenibilidad como “Ventanilla Emprendedor de la Pescadería en Verde”, “Fish for Kids” o “Know to Protect”. Asimismo FEDEPESCA ha sido coordinadora del Proyecto europeo e-Fishnet, relacionado con la formación para adultos. Estas iniciativas, avalan este compromiso de los minoristas de productos de la pesca y de acuicultura españoles con la calidad, la seguridad alimentaria, la igualdad y el medio ambiente, lo que les ha hecho acreedores de la Placa al Mérito en el Comercio 2015, el Premio Alimentos de España 2015 en su categoría Pesca y Agricultura y el Premio ATA 2016 al fomento del Asociacionismo.
PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD Y DEVOLUCIÓN CUOTA DE AUTÓNOMO MES DE MARZO, ¿quién puede solicitarlo?
Tras la publicación del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, y las aclaraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podemos informar correctamente sobre estos aspectos.
Esta PRESTACIÓN EXCEPCIONAL POR EL COVID-19 Y LA DEVOLUCIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS DEL MES DE MARZO pueden solicitarla aquellos autónomos incluidos en ACTIVIDADES QUE EL ESTADO DE ALERTA OBLIGÓ A CERRAR. (Restaurantes, bares, tiendas de ropa, calzado, jugueterías, etc.) No es el caso de las pescaderías o los distribuidores de productos pesqueros.
PESCADERÍAS Y DISTRIBUIDORES DE PRODUCTOS PESQUEROS sólo podrían solicitarla en el caso de que su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior. Este hecho sólo se puede producir en el caso de negocios de pescado que hubieran estado cerrados en la primera quincena de Marzo por otros motivos, por lo cual NO PODÉIS SOLICITARLA, Y CONSECUENTEMENTE TAMPOCO LA DEVOLUCIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS.
Habría que valorarlo para nuevas empresas pues la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad desde el alta como empresario.
La cuantía de la prestación se determinará aplicando el 70% por ciento a la base reguladora. Durante el periodo de percepción de la prestación extraordinaria por cese de actividad el trabajador autónomo que suspenda la actividad no debe darse de baja en la Seguridad Social. Durante el periodo de percepción de esta prestación no existirá obligación de cotizar.
Para aquellas actividades de las que seáis titulares y que sí fueron obligadas a cerrar es importante saber que para poder recibirla y solicitar la devolución de la cuota de autónomos de marzo:
HA DE GARANTIZARSE LA PERMANENCIA EN AUTÓNOMOS SEIS MESES, si no, habría que devolverla.
Estar afiliados y en alta a fecha de 14 de marzo en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si en la fecha de la suspensión de la actividad o de la reducción de la facturación no se cumpliera este requisito, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales ingrese las cuotas debidas.
No causarán derecho a esta prestación los trabajadores autónomos que vinieran percibiendo una prestación o tengan derecho a otra prestación del Sistema de Seguridad Social, tanto si la percibe como si no.
El plazo para solicitar la prestación finaliza el 14 de abril, sin perjuicio de que si se acordara la prórroga del estado de alarma por el Gobierno puedan modificarse las medidas adoptadas.
Si estás en situación de solicitar la prestación Y LA DEVOLUCIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS la DOCUMENTACIÓN QUE SE NECESITA PRESENTAR A LA MUTUA RELLENANDO UN FORMULARIO DE BASTANTES PÁGINAS ES:
DECLARACIÓN JURADA en la que se haga constar que cumplen todos los requisitos exigidos.
CERTIFICADO BANCARIO DE TITULARIDAD DE LA CUENTA PARA LA QUE SE SOLICITA LA DEVOLUCIÓN.
COPIA DEL 036 QUE ACREDITE LA TITULARIDAD DE UNA ACTIVIDAD OBLIGADA A CERRAR.
COPIA DEL PAGO DEL RECIBO DE AUTÓNOMOS DEL MES DE MARZO.
En el caso de que el estado de alarma se prorrogue más allá de abril, se valorará en mayo si hay empresas que puedan acogerse a la caída del 75% de facturación durante el mes de abril respecto al semestre anterior.
La concesión de esta prestación no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.
El tiempo durante el que se perciba la prestación extraordinaria por cese de actividad se entenderá como cotizado tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales, así como por cese de actividad para quienes vinieran haciéndolo al tiempo de solicitar la prestación.
Pasamos a informar de diversos temas de interés sobre diversos asuntos en relación con la situación que está provocando el virus COVID-19.
RECOMENDACIÓN DE HORARIO DE ENTRADA A LA NAVE DE PESCADOS DE MERCAMADRID
Desde la Asociación de Mayoristas de Pescados de Madrid (AEMPM), y dada la crisis actual provocada por el COVID-19, quieren tomar medidas proporcionales para proteger la salud de los operadores de la Nave de Pescados, y garantizar el suministro de pescado.
Es por ello que, desde el próximo jueves 26 de marzo y mientras dure esta situación, el horario RECOMENDADO de la Nave de Pescados será de 04:00 y 07:00 horas de la mañana.
Esta medida va encaminada a reducir al máximo los riesgos de contagio, sin dejar a ningún detallista sin comprar, ni a ningún mayorista sin vender.
REGISTRO MERCANTIL (SÓLO PARA SOCIEDADES)
Desde el Departamento de comunicación del Registro Mercantil de Madrid nos informan que no solo se retrasa el plazo de presentación la Cuentas Anuales. También se retrasa el de la presentación de libros: se aplaza cuatro meses desde la fecha de la finalización del estado de alarma.
En cuanto al plazo de presentación del Impuesto de Sociedades, Hacienda no se ha pronunciado, pero esperamos lo hagan puesto que, como ya informamos, el plazo de formulación de cuentas se ha aplazado 3 meses desde la fecha de finalización de la alarma. Os informaremos puntualmente.
RETRASO EN EL PLAZO DE PAGO DE IMPUESTOS RELACIONADOS CON VEHÍCULOS
Con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, el período voluntario de pago de los tributos municipales que a continuación se indican comenzará el 1 de mayo y finalizará el 30 de junio de 2020:
– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. (Impuesto de Circulación)
– Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por pasos de vehículos. (Tasa de Vados)
INFOGRAFÍA PARA LA CORRECTA DESINFECCIÓN DEL TPV
Adjuntamos una infografía con instrucciones para limpiar y desinfectar adecuadamente el Terminal de Pago con Tarjeta (TPV).
Para acceder al enlace de la imagen, haz click aquí.
El 23 de Diciembre de 2019, nuestro Presidente Francisco Abad, en nombre de ADEPESCA, firmó el Convenio de Colaboración con la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid. Otros firmantes del Convenio fueron diversas Asociaciones que representan a otros sectores del comercio minorista madrileño, como FEDECARNE (Federación Madrileña de Detallistas de la Carne) o ADEFRUTAS (Asociación de Empresarios Detallistas de Frutas y Hortalizas de la Comunidad de Madrid), entre otras.
Uno de los objetivos principales de este Convenio es impulsar la profesionalización de los sectores minoristas.
Mediante este convenio, que comenzará a ejecutarse el 1 de Abril de 2020, se llevarán a cabo por parte de ADEPESCA las siguientes acciones:
En materia de Ordenación: asistencia técnica sobre cuestiones relacionadas con la normativa de Calidad y Seguridad Alimentaria, y la elaboración de una Guía sobre Microplásticos.
En materia de Promoción: se realizará una Jornada sobre cómo elaborar en el punto de venta, y se elaborará una guía para explicar los requisitos para poder elaborar en el establecimiento.
En materia de Fomento: se informará sobre las Subvenciones y Ayudas de la Comunidad de Madrid.
Os mantendremos informados de las fechas de estas Jornadas.
Desde ADEPESCA QUEREMOS AGRADECER A LA COMUNIDAD DE MADRID SU COMPROMISO CON EL COMERCIO DETALLISTA DE PESCADOS, Y SEGUIREMOS TRABAJANDO JUNTOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE NUESTRO COMERCIO Y ANIMAROS A PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE ESTE CONVENIO.
Consecuencia de la publicación en el BOE el día 18 de marzo del RD 8/2020, informamos de las medidas a adoptar con respecto a la actividad y a los trabajadores.
EN EL CASO DE LOS EMPLEADOS,
FUERZA MAYOR: se podrán suspender contratos (ERTE) y realizar reducciones de jornada siempre y cuando la adopción de estas medidas se deba a fuerza mayor.
Es causa de fuerza mayor cuando se trata de pérdidas directas de actividad como consecuencia del COVID-19, que hayan implicado suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditados.
Si se da el caso, la empresa podrá solicitarlo sin necesidad de acudir a los representantes legales de los trabajadores y en el plazo de 5 días la autoridad laboral se lo concedería. El empresario no tendría que pagar ni el salario de los trabajadores suspendidos ni las cargas sociales (en los casos de más de 50 empleados no sería el 100% sino el 75%), hasta el momento que volviera a darlos de alta.
La Ley parece que pretende asimilar a causa de fuerza mayor solo a los negocios a los que se les obligó a cerrar o a los que han sufrido contagio en sus plantillas. En nuestro caso y para aquellas empresas cuya facturación proviene mayoritariamente de la hostelería, sí pretendemos asimilarlos a causa de fuerza mayor, porque si bien a estas empresas no se les obligó a cerrar, si se obligó a cerrar a sus clientes. Por tanto, cabría la posibilidad de que nos lo discutieran.
Si no se dan las circunstancias comentadas anteriormente de causa de fuerza mayor, se podrá acudir al ERTE y a la reducción de jornada alegando causas económicas, técnicas, organizativasy de producción relacionadas con el COVID-19, pero en este caso habría que pasar el trámite de los representantes de los trabajadores y además el empresario sí tendrá que pagar las cargas sociales.
PARA EL CASO DEL EMPRESARIO, si ha habido un cese de la actividad por alguno de los dos siguientes motivos:
Por ser la actividad una de las que obligaron a cerrar en el RD 463/202 de 14 de marzo, o bien,
Porque se puede demostrar que la facturación ha disminuido en al menos un 75% con respecto al semestre anterior
Se tendrá derecho al cobro de una prestación extraordinaria por cese de actividad (del 70% de la base reguladora) durante un mes, prorrogable en caso de que se prorrogara el estado de alarma.
Para el segundo supuesto se solicitará en el mes de abril pues hay que esperar a tener la comparativa de la facturación del mes de marzo con el semestre anterior.
En todo caso, no cabe exención de la cuota de autónomos del empresario.
Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.
Os recordamos que las bajas las tramita el médico de cabecera por teléfono.
Si se da positivo confirmado la baja será por el coronavirus. Se tiene que solicitar vía telefónica en el Centro de Salud.
Si tenemos Contacto con una persona positiva confirmada hay que solicitar baja por aislamiento vía telefónica en el Centro de Salud.
Contacto indirecto (ejemplo: la pareja de un empleado ha dado positivo). Recordamos que por norma general una persona puede contagiar el virus a partir del desarrollo de sintomatología. En principio los compañeros afectados no podrían obtener la baja si no presentan sintomatología. En el momento en el que la presenten, se auto aislarán e informarán vía telefónica a su centro de salud. Sin embargo, siendo este punto el más incierto, recomendamos llamar a los centros médicos, aunque no se presenten síntomas, en cuanto se presente esta incidencia para dejar a su discreción el asunto de la baja en caso de contacto indirecto.
Seguiremos informando de cualquier novedad que se produzca al respecto.
El segundo editado por el Ministerio de Sanidad en relación sobre cómo proceder en caso de que tengamos que estar en aislamiento domiciliario bien porque hayamos dado positivo al COVID-19, o bien porque tengamos que convivir con una persona que ha dado positivo.
El tercero de ellos es una Guía de buenas Prácticas para los Establecimientos del Sector Comercial, editada por la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Industria Comercio y Turismo en relación con las medidas preventivas a aplicar en los establecimientos para evitar la propagación del COVID-19.