ZONA DE SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO REGULADO (SER):
Tienen la consideración de vehículos SIN DISTINTIVO ambiental o vehículos de la categoría ambiental “A”, con carácter general, los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas antes del año 2000 y de diésel antes del año 2006. No obstante, para mayor información podéis consultar en el siguiente enlace de la Dirección General de Tráfico (https://sede.dgt.gob.es/es/vehiculos/distintivo-ambiental/).
Esta prohibición viene regulada en la Disposición Transitoria Primera, punto 3, de la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada el 5 de octubre de 2018.
El incumplimiento de este apartado de la ordenanza llevará aparejado la imposición de una sanción de 90 euros, 45 euros por pronto pago.
ACCESO A MADRID CENTRAL:
Además os recordamos que todas aquellas furgonetas SIN DISTINTIVO medioambiental no podrán acceder a partir del 1 de enero de 2020 a Madrid Central.
Si deseáis más información, podéis llamar al 913197047 y preguntar por la Srta. Silvia Bargallo.