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Ante la situación especial que estamos viviendo debido a la propagación del COVID-19, la Comunidad de Madrid ha adoptado hoy viernes la medida de CERRAR BARES, RESTAURANTES Y TIENDAS A EXCEPCIÓN DE TIENDAS DE ALIMENTACIÓN Y FARMACIAS. ESTA MEDIDA ENTRARÁ EN VIGOR A PARTIR DE MAÑANA SÁBADO 14 DE MARZO DE 2020.
Esto significa que el comercio de alimentación minorista de Madrid sigue pudiendo abrir sus puertas y continuar con su actividad.
En relación con otros asuntos de importancia, como por ejemplo la tramitación de las bajas en caso de contacto con casos positivos de COVID-19, comunicamos lo siguiente:
- A día de hoy podrán obtener la baja por aislamiento a causa del contagio por COVID-19 aquellas personas SEAN POSITIVAS AL VIRUS O BIEN ESTÉN EN CONTACTO DIRECTO CON CASOS POSITIVOS.
- No se ha aclarado la situación en relación de que por ejemplo que en nuestra plantilla haya alguien en contacto con un caso positivo. Es decir, la persona en contacto directo sí que causaría baja justificada, sin embargo el resto de la plantilla, con la información que tenemos ahora, no causaría baja.
- Aquellos empresarios que por otros motivos (pérdidas económicas, poca afluencia de clientela, etc…) decidieran cerrar no tendrán derecho a la baja.
Estamos en contacto con las autoridades para plantear la casuística que se pueda dar en el comercio minorista de pescado y marisco en relación con la baja y los contactos indirectos (por ejemplo plantilla en contacto con una persona cuyo cónyuge o familiar cercano es positivo a COVID-19).
Si se produjera alguna novedad en este sentido informaríamos inmediatamente.
*Comunicación cofinanciada por la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid.